Solicitud de Subvención para Rehabilitación de Fachada de Vivienda
Este trámite permite a propietarios de viviendas solicitar una subvención pública para la rehabilitación o mejora de la fachada de su inmueble, gestionado por el Ministerio de Vivienda. Está dirigido a particulares, comunidades de propietarios y entidades que cumplan los requisitos del programa de ayudas vigente.
| Cost | Gratuito |
|---|---|
| Temps estimat | 1–4 semanas |
| Dificultat | — |
| Identificació | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Termini | 1–4 semanas |
| Seu oficial | Ministerio de Vivienda / Catastro |
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Passos
- Accede a la sede electrónica del Ministerio de Vivienda (https://www.gob.es) con Cl@ve o certificado digital.
- Solicita cita previa online para presentación de la solicitud de subvención.
- Rellena el formulario específico de solicitud de subvención para rehabilitación de fachada, adjuntando toda la documentación requerida en formato PDF.
- Presenta la solicitud telemáticamente y descarga el justificante de registro.
- Espera la notificación de resolución provisional y, si procede, subsana documentación requerida en plazo.
- Recibe la resolución definitiva y, en caso de concesión, sigue las instrucciones para justificar la ejecución de las obras y el pago de la subvención.
Documentació necessària
- DNI, NIE o pasaporte del solicitante
- Título de propiedad o nota simple registral actualizada de la vivienda
- Certificado de empadronamiento del solicitante
- Informe técnico de evaluación del edificio (ITE) o equivalente
- Presupuesto detallado de las obras firmado por empresa constructora
- Licencia municipal de obras o justificante de solicitud
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
- Fotografías actuales de la fachada
Avisos importantes
Preguntes freqüents
¿Quién puede solicitar la subvención para la fachada?
Propietarios de viviendas, comunidades de propietarios o entidades jurídicas titulares de inmuebles residenciales, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria vigente.
¿Qué obras son subvencionables?
Las obras de rehabilitación, mejora o restauración de la fachada que cumplan los criterios técnicos y de eficiencia energética establecidos en la convocatoria.
¿Es obligatorio presentar la licencia de obras?
Sí, es imprescindible aportar la licencia municipal de obras o el justificante de haberla solicitado para tramitar la subvención.
¿Cuánto tarda la resolución de la subvención?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas desde la presentación completa de la solicitud, aunque puede variar según la carga administrativa.
¿Puedo presentar la solicitud de forma presencial?
En 2026, la presentación es preferentemente telemática mediante Cl@ve, aunque algunas oficinas admiten cita presencial para asistencia.