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Digitalization Aid

Official procedure for Digitalization Aid managed by the Mercantile Registry / AEAT. It includes a complete guide, requirements, and actual deadlines according to current regulations.

Cost Variable
Estimated time 1–4 weeks
Difficulty Basic
Identification Cl@ve / certificado / DNIe
Deadline 1–4 semanas desde la presentación hasta la resolución
Official site Registro Mercantil / AEAT

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Steps

  1. Acceder a la convocatoria de ayudas a la digitalización en https://www.gob.es con Cl@ve o Certificado Digital.
  2. Completar el formulario de solicitud online, adjuntando la memoria del proyecto y presupuesto.
  3. Subir el certificado de inscripción en el Registro Mercantil y el Modelo 036 de la AEAT.
  4. Aportar justificantes de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  5. Firmar y enviar la declaración responsable junto con la documentación acreditativa de la representación.
  6. Presentar la solicitud y guardar el justificante electrónico de registro.
  7. Esperar la resolución de la ayuda, que será notificada electrónicamente.

Required documents

Official forms

Important notes

FAQ

¿Quién puede solicitar estas ayudas a la digitalización?

Pueden solicitarlas empresas inscritas en el Registro Mercantil y autónomos dados de alta en la AEAT, cumpliendo los requisitos de la convocatoria.

¿Qué documentación es imprescindible para la solicitud?

El certificado del Registro Mercantil, el Modelo 036, la memoria del proyecto y justificantes de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social.

¿Cómo se presenta la solicitud de ayuda?

La solicitud se presenta online en https://www.gob.es mediante Cl@ve, adjuntando toda la documentación requerida.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El plazo suele ser de 1 a 4 semanas, dependiendo de la convocatoria y la carga administrativa.

¿Es necesario aportar presupuesto de los servicios digitales?

Sí, es obligatorio adjuntar un presupuesto detallado de los productos o servicios a digitalizar.

¿Qué ocurre si la empresa no está al corriente de pagos?

La solicitud será inadmitida si no se acredita estar al corriente con AEAT y Seguridad Social.

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