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Recuperación de Residencia

Official procedure for Residence Recovery managed by Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. It includes a complete guide, requirements, and actual deadlines according to current regulations.

Cost €10–20
Estimated time 1–4 weeks
Difficulty Intermediate
Identification Cl@ve / certificado / DNIe
Deadline 1–4 semanas según provincia y carga de trabajo
Official site Policía Nacional / Ministerio de Inclusión

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Steps

  1. Accede a la sede electrónica de Extranjería (https://sede.administracionespublicas.gob.es) con Cl@ve o Certificado Digital.
  2. Rellena y descarga el formulario oficial EX-01 (residencia temporal) o EX-11 (larga duración), según corresponda.
  3. Abona la tasa 790-052 a través de la misma sede electrónica y guarda el justificante.
  4. Adjunta toda la documentación requerida en formato PDF y presenta la solicitud telemáticamente.
  5. Recibe el justificante de presentación y el número de expediente para seguimiento.
  6. Espera la resolución de la Oficina de Extranjería; si es favorable, acude a la Comisaría de Policía para la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Required documents

Official forms

Important notes

FAQ

¿Puedo recuperar la residencia si llevo más de 3 años fuera de España?

No, si han pasado más de 3 años desde la pérdida de la residencia de larga duración, no es posible recuperarla. Para residencia temporal, los plazos pueden ser más cortos.

¿Es necesario volver a presentar antecedentes penales?

Sí, se exige certificado de antecedentes penales actualizado del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años.

¿Debo presentar la solicitud personalmente en España?

La solicitud puede presentarse telemáticamente desde el extranjero, pero para la expedición de la TIE es obligatorio acudir en persona a la Comisaría de Policía en España.

¿Qué ocurre si mi solicitud de recuperación es denegada?

Puedes presentar recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo legal establecido.

¿Puedo trabajar mientras se tramita la recuperación de residencia?

No, hasta que no se resuelva favorablemente y obtengas la nueva TIE, no puedes ejercer derechos de residencia ni trabajo en España.

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