Modelo 193 (Anual Intereses)
Official procedure Modelo 193 managed by AEAT. It includes a complete guide, requirements, and actual deadlines according to current regulations.
| Cost | Variable |
|---|---|
| Estimated time | 1–4 weeks |
| Difficulty | Intermediate |
| Identification | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Deadline | Inmediato si lo haces online, pero no te duermas: el plazo suele acabar el 31 de enero. |
| Official site | AEAT |
⚡ Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.
Steps
- Accede a la sede electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es) con tu certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Busca el apartado de 'Modelos y formularios' y selecciona el Modelo 193.
- Rellena el formulario con los datos de los perceptores, los importes pagados y las retenciones aplicadas.
- Revisa bien los datos antes de presentar. Si te equivocas, rectificar puede ser un lío.
- Presenta el modelo de forma telemática. Si hay retenciones, asegúrate de que ya las has ingresado con el Modelo 111.
- Descarga y guarda el justificante de presentación. Este papelito puede salvarte en una inspección.
Required documents
- Certificado digital, DNIe o Cl@ve para acceder a la sede electrónica
- Datos fiscales de los perceptores de los intereses (NIF, nombre, apellidos o razón social)
- Detalle de los intereses pagados y las retenciones practicadas
- Justificantes de las operaciones realizadas (si aplica)
- Modelo 193 cumplimentado
Official forms
Important notes
FAQ
¿Quién tiene que presentar el Modelo 193?
Empresas, autónomos o entidades que hayan pagado intereses o rendimientos del capital mobiliario con retención durante el año.
¿Qué pasa si no lo presento a tiempo?
Multa. Hacienda no perdona. La sanción depende del tiempo que tardes en regularizarlo, pero puede ser un buen susto.
¿Es obligatorio hacerlo online?
Sí, salvo que seas una persona física sin obligación de usar medios electrónicos. Pero vamos, casi todo el mundo lo hace online.
¿Qué relación tiene con el Modelo 111?
El Modelo 111 es trimestral y sirve para ingresar las retenciones. El 193 es anual y resume todo lo que declaraste en los 111.
¿Puedo corregir un Modelo 193 ya presentado?
Sí, pero tendrás que presentar un modelo complementario o sustitutivo. Es un lío, así que revisa bien antes de enviar.