Gestión 4: Inscripción de Empresa Adicional en el Registro Mercantil y AEAT
Trámite dirigido a sociedades que desean inscribir una nueva empresa adicional en el Registro Mercantil y comunicarlo a la Agencia Tributaria para obtener el NIF, cumpliendo la normativa vigente.
| Coste | Variable según capital social y provincia (tasa Registro Mercantil + posibles tasas AEAT) |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | Registro Mercantil / AEAT |
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Pasos
- Solicitar cita previa en el Registro Mercantil provincial correspondiente (https://www.registradores.org)
- Presentar la escritura de constitución y documentación en el Registro Mercantil para inscripción
- Obtener el certificado de inscripción y solicitar el NIF provisional en la AEAT mediante el Modelo 036 (https://sede.agenciatributaria.gob.es)
- Presentar el Modelo 036 y documentación en la AEAT, preferentemente online con Cl@ve
- Recibir el NIF definitivo tras la inscripción y comunicar inicio de actividad a la AEAT
- Recoger la documentación registrada y conservar justificantes de inscripción y NIF
Documentación necesaria
- Escritura pública de constitución de la empresa adicional
- Certificado de denominación social emitido por el Registro Mercantil Central
- Modelo 036 de declaración censal de inicio de actividad
- DNI/NIE del representante legal
- Certificado de titularidad bancaria de la empresa adicional
- Justificante de pago de tasas del Registro Mercantil
- Poder notarial si actúa representante
- Estatutos sociales firmados
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Qué documentación exige el Registro Mercantil para inscribir una empresa adicional?
La escritura pública de constitución, certificado de denominación social, estatutos firmados, DNI/NIE del representante y justificante de pago de tasas.
¿Cuánto tarda en obtenerse el NIF definitivo tras la inscripción?
Normalmente entre 1 y 4 semanas, dependiendo de la carga administrativa y la provincia.
¿Es obligatorio presentar el Modelo 036 en la AEAT?
Sí, es imprescindible para comunicar el inicio de actividad y solicitar el NIF provisional y definitivo.
¿Se puede realizar el trámite íntegramente online?
La comunicación a la AEAT sí, pero la inscripción en el Registro Mercantil requiere presencia física o envío por mensajería, salvo excepciones.
¿Qué ocurre si no inscribo la empresa adicional en plazo?
Puede acarrear sanciones administrativas y problemas fiscales, además de impedir la operativa legal de la empresa.