Declaración de Herederos ante el Registro Civil
| Coste | — |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | Ministerio de Justicia / Registro Civil |
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Pasos
- Accede a https://www.gob.es y localiza el apartado de Declaración de Herederos en el Ministerio de Justicia.
- Reúne todos los certificados y documentos acreditativos exigidos para demostrar parentesco y ausencia de testamento.
- Solicita la declaración de herederos abintestato online mediante Cl@ve, adjuntando la documentación escaneada.
- Espera la revisión por parte del Registro Civil; pueden requerir comparecencia presencial si hay dudas.
- Recibe la resolución oficial de declaración de herederos por vía electrónica o presencial según preferencia.
- Utiliza la declaración para trámites sucesorios posteriores (notaría, bancos, etc.).
Documentación necesaria
- Certificado literal de defunción del causante expedido por el Registro Civil
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad
- Certificado de nacimiento de los posibles herederos
- Certificado de matrimonio del causante (si aplica)
- DNI, NIE o pasaporte de los solicitantes y del causante
- Libro de familia del causante
- Documentos acreditativos del parentesco (sentencias, certificados, etc.)
- Certificado de empadronamiento del causante