Declaración anual del IVA: presentación del Modelo 390 ante la AEAT
La declaración anual del IVA mediante el Modelo 390 es obligatoria para autónomos y empresas que hayan realizado operaciones sujetas a IVA durante el año. Este trámite permite informar a la Agencia Tributaria sobre el resumen de las operaciones realizadas y liquidaciones presentadas en el ejercicio.
| Coste | Gratuito |
|---|---|
| Tiempo estimado | Inmediato online; revisión y resolución de incidencias: 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | Inmediato online; revisión y resolución de incidencias: 1–4 semanas |
| Sede oficial | AEAT |
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Pasos
- Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/modelo-390.html con tu certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Revisa los datos fiscales y prepara el resumen anual de operaciones sujetas a IVA.
- Cumplimenta el Modelo 390 online, verificando los importes de IVA repercutido y soportado.
- Adjunta la documentación requerida si el sistema lo solicita (rectificaciones, operaciones intracomunitarias, etc.).
- Firma y presenta telemáticamente el Modelo 390; descarga el justificante de presentación.
- Solicita cita previa en la AEAT si necesitas asistencia presencial para la presentación.
- Guarda copia del justificante y documentación asociada para posibles requerimientos futuros.
Documentación necesaria
- Modelo 390 cumplimentado electrónicamente
- Certificado digital, DNIe o acceso Cl@ve para identificación
- Justificante de presentación de los modelos trimestrales/ mensuales de IVA (Modelo 303 o 322)
- Libro registro de facturas emitidas y recibidas del ejercicio
- Resumen anual de operaciones intracomunitarias si procede (Modelo 349)
- Documentación acreditativa de rectificaciones o ajustes realizados durante el año
- Copia de declaraciones complementarias o sustitutivas presentadas en el ejercicio
- Datos fiscales de la empresa/autónomo actualizados
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 390?
Todos los sujetos pasivos de IVA que hayan realizado operaciones durante el año, salvo exonerados por régimen simplificado o determinados supuestos.
¿Qué ocurre si no presento el Modelo 390 en plazo?
La AEAT puede imponer sanciones económicas y recargos por presentación fuera de plazo o por omisión.
¿Puedo rectificar una declaración ya presentada?
Sí, puedes presentar una declaración complementaria o sustitutiva desde la sede electrónica, indicando los motivos y aportando documentación.
¿Es necesario presentar el Modelo 390 si solo he presentado el Modelo 303?
Sí, el Modelo 390 es obligatorio como resumen anual, salvo exoneración expresa por la AEAT en determinados regímenes.
¿Qué documentación debo conservar tras la presentación?
Debes guardar el justificante de presentación, libros de facturas y cualquier documentación relacionada durante al menos 4 años.
¿Se puede presentar el Modelo 390 presencialmente?
Solo en casos excepcionales y previa cita, aunque la presentación telemática es la vía principal y obligatoria para la mayoría de contribuyentes.