Gestión 12: Solicitud de Pensiones Adicionales ante el INSS
Este trámite permite solicitar pensiones adicionales (complementarias a la pensión contributiva) gestionadas por el INSS, dirigido a pensionistas que cumplen requisitos específicos según normativa vigente.
| Coste | Gratuito |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | INSS |
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Pasos
- Accede a la sede electrónica del INSS (https://sede.seg-social.gob.es) con Cl@ve.
- Selecciona el trámite 'Gestión 12: Pensiones Adicional' en el apartado de pensiones.
- Completa el formulario online aportando datos personales y adjunta la documentación requerida en formato PDF.
- Revisa y valida la solicitud, firmando electrónicamente con Cl@ve.
- Envía la solicitud y descarga el justificante de presentación.
- Consulta el estado de tu expediente en la sección 'Mis expedientes' de la sede electrónica.
- Recibe la resolución por vía electrónica o postal según la preferencia indicada.
Documentación necesaria
- DNI/NIE en vigor del solicitante
- Resolución de pensión contributiva previa del INSS
- Certificado de empadronamiento actualizado
- Justificante de ingresos y patrimonio (últimos 12 meses)
- Libro de familia o documento acreditativo de situación familiar
- Informe médico actualizado si la pensión adicional es por incapacidad
- Declaración responsable de no percibir otras pensiones adicionales
- Número de cuenta bancaria para abono
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar una pensión adicional?
Solo pensionistas con pensión contributiva reconocida y que cumplan los requisitos de ingresos, patrimonio y situación familiar establecidos por el INSS.
¿Qué documentación es imprescindible para la solicitud?
DNI/NIE, resolución de pensión contributiva, certificado de empadronamiento, justificante de ingresos y libro de familia.
¿Cómo se presenta la solicitud de pensión adicional?
Exclusivamente online a través de la sede electrónica del INSS usando Cl@ve, adjuntando toda la documentación en PDF.
¿Cuánto tarda el INSS en resolver la solicitud?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, dependiendo de la complejidad y si se requiere subsanación de documentos.
¿Es necesario pedir cita previa para este trámite?
No, la gestión se realiza íntegramente online y no requiere cita previa presencial.
¿Se puede consultar el estado de la solicitud?
Sí, accediendo a 'Mis expedientes' en la sede electrónica del INSS con Cl@ve.