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Gestión 2: Declaración de Vivienda Adicional ante Catastro

Este trámite permite declarar una vivienda adicional en una finca catastral, modificando la información oficial ante el Catastro. Es obligatorio para propietarios que han realizado una división, ampliación o incorporación de una nueva vivienda en su inmueble.

Coste Gratuito
Tiempo estimado 1–4 semanas
Dificultad
Identificación Cl@ve / certificado / DNIe
Plazo 1–4 semanas
Sede oficial Ministerio de Vivienda / Catastro

Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.

Pasos

  1. Solicita cita previa en la Sede Electrónica del Catastro (https://www.sedecatastro.gob.es) para la presentación de documentación.
  2. Accede con Cl@ve o Certificado Digital y descarga el Modelo 900D de declaración catastral.
  3. Rellena el Modelo 900D indicando la vivienda adicional y adjunta la documentación requerida en formato PDF.
  4. Presenta la solicitud telemáticamente en la Sede del Catastro o presencialmente en la Gerencia Territorial correspondiente.
  5. Recibe el acuse de recibo y número de expediente para seguimiento.
  6. Espera la resolución del Catastro, que puede requerir subsanación de documentos.
  7. Consulta el estado del trámite en la Sede Electrónica o mediante notificaciones postales.

Documentación necesaria

Formularios oficiales

Avisos importantes

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio declarar una vivienda adicional en el Catastro?

Sí, es obligatorio según la Ley del Catastro Inmobiliario. No hacerlo puede implicar sanciones y recargos fiscales.

¿Qué documentación técnica debo aportar?

Debes presentar el certificado final de obra, plano visado y licencia municipal, además de la escritura pública si existe división o ampliación.

¿Puedo hacer el trámite online?

Sí, el trámite puede realizarse íntegramente en la Sede Electrónica del Catastro con Cl@ve o Certificado Digital.

¿Cuánto tarda la resolución del Catastro?

El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, aunque puede variar según la carga de trabajo y si hay requerimientos de subsanación.

¿Qué ocurre si la vivienda adicional no está habitada?

Se puede declarar igualmente, pero no será necesario el certificado de empadronamiento. Debes indicar la situación en el Modelo 900D.

¿La declaración afecta al IBI?

Sí, la incorporación de una vivienda adicional puede modificar el valor catastral y el importe del IBI anual.

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