Gestión 6: Declaración de Vivienda Adicional ante Catastro
Trámite dirigido a propietarios que deben declarar una vivienda adicional en un inmueble ya inscrito en el Catastro, para regularizar la situación catastral conforme a la normativa vigente. Es obligatorio para quienes han realizado obras o cambios que generan una nueva vivienda en la misma finca.
| Coste | Gratuito |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | Ministerio de Vivienda / Catastro |
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Pasos
- Solicita cita previa en la Sede Electrónica del Catastro (https://www.sedecatastro.gob.es) para la declaración de vivienda adicional.
- Accede con Cl@ve o Certificado Digital y descarga el Modelo 900D de declaración catastral.
- Rellena el Modelo 900D aportando datos de la vivienda adicional y adjunta la documentación requerida en formato PDF.
- Presenta telemáticamente el Modelo 900D y la documentación a través de la sede electrónica o presencialmente en la Gerencia del Catastro correspondiente.
- Recibe acuse de recibo y número de expediente; el Catastro revisará la documentación y podrá requerir información adicional.
- Consulta el estado del expediente en la sede electrónica y atiende posibles requerimientos de subsanación.
- Recibe notificación de resolución y actualización de datos catastrales; revisa el nuevo recibo del IBI para comprobar la inclusión de la vivienda adicional.
Documentación necesaria
- Escritura pública de división o modificación del inmueble
- Licencia municipal de obra o certificado de finalización
- Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte)
- Último recibo del IBI
- Planos visados de la vivienda adicional
- Certificado de habitabilidad expedido por el Ayuntamiento
- Justificante de presentación del Modelo 900D
- Informe técnico de arquitecto o aparejador
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si no declaro la vivienda adicional en el Catastro?
La omisión puede generar sanciones administrativas y recargos en el IBI, además de problemas legales en futuras transmisiones del inmueble.
¿Puedo presentar el trámite completamente online?
Sí, el trámite se puede realizar íntegramente en la sede electrónica del Catastro usando Cl@ve o Certificado Digital.
¿Qué documentación técnica es obligatoria?
Debes aportar planos visados, informe técnico de arquitecto o aparejador y certificado de habitabilidad expedido por el Ayuntamiento.
¿Es necesario aportar la licencia municipal de obra?
Sí, la licencia de obra o el certificado de finalización es imprescindible para acreditar la legalidad de la vivienda adicional.
¿Cuánto tarda el Catastro en actualizar los datos?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, aunque puede variar según la carga de trabajo y si hay requerimientos de subsanación.
¿Cómo puedo comprobar que la vivienda adicional ha sido inscrita?
Puedes consultar el estado del expediente y la ficha catastral actualizada en la sede electrónica del Catastro.