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Gestión 6: Inscripción de Empresa Adicional en el Registro Mercantil y Comunicación a AEAT

Este trámite permite inscribir una empresa adicional en el Registro Mercantil y comunicar su alta a la Agencia Tributaria. Es imprescindible para sociedades que desean operar legalmente en España y gestionar obligaciones fiscales.

Kostua Variable según capital social y provincia
Aurreikusitako denbora 1–4 semanas
Zailtasuna
Identifikazioa Cl@ve / certificado / DNIe
Epea 1–4 semanas
Egoitza ofiziala Registro Mercantil / AEAT

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Pausoak

  1. Solicitar cita previa en el Registro Mercantil correspondiente a la provincia de la empresa (https://www.registradores.org)
  2. Preparar y presentar la escritura pública de constitución y el certificado de denominación social en el Registro Mercantil
  3. Abonar la tasa de inscripción en el Registro Mercantil (variable según capital social)
  4. Obtener el NIF provisional en la Agencia Tributaria mediante presentación del Modelo 036 (https://sede.agenciatributaria.gob.es)
  5. Comunicar el alta de la empresa adicional a AEAT a través de la sede electrónica con Cl@ve
  6. Recoger la certificación de inscripción y NIF definitivo tras validación de documentos
  7. Actualizar los datos fiscales y mercantiles en la sede electrónica de AEAT

Beharrezko dokumentazioa

Formularios oficiales

Avisos importantes

Ohiko galderak

¿Qué documentos exige el Registro Mercantil para inscribir una empresa adicional?

La escritura pública de constitución, certificado de denominación social, NIF provisional, justificante de pago de tasas y documentos de identidad de los administradores.

¿Es obligatorio presentar el Modelo 036 en AEAT para una empresa adicional?

Sí, el Modelo 036 es obligatorio para comunicar el alta y obtener el NIF provisional, imprescindible para operar fiscalmente.

¿Cuánto tarda la inscripción en el Registro Mercantil?

El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, dependiendo de la carga de trabajo y la provincia.

¿Qué sucede si no inscribo la empresa adicional en plazo?

Se pueden imponer sanciones administrativas y la empresa no podrá operar ni facturar legalmente hasta regularizar la situación.

¿Puedo realizar todo el trámite online?

La comunicación a AEAT y la obtención del NIF provisional se puede hacer online, pero la inscripción en el Registro Mercantil requiere cita presencial o envío de documentación física.

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