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Gestión 9: Inscripción de Empresa Adicional en el Registro Mercantil y Comunicación a la AEAT

Este trámite permite inscribir una nueva empresa adicional bajo una misma titularidad en el Registro Mercantil y comunicar su alta a la Agencia Tributaria. Es imprescindible para sociedades que amplían su actividad o crean filiales.

Kostua Variable según capital social y provincia (aprox. 100–400€ en tasas registrales y notariales)
Aurreikusitako denbora 1–4 semanas
Zailtasuna
Identifikazioa Cl@ve / certificado / DNIe
Epea 1–4 semanas
Egoitza ofiziala Registro Mercantil / AEAT

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Pausoak

  1. Solicitar la certificación negativa de denominación social en https://www.rmc.es
  2. Otorgar la escritura pública de constitución ante notario
  3. Presentar la escritura y estatutos en el Registro Mercantil provincial para inscripción
  4. Obtener el NIF provisional de la nueva empresa mediante presentación del Modelo 036 en sede.agenciatributaria.gob.es
  5. Comunicar el alta censal y actividades a la AEAT a través del Modelo 036
  6. Recoger la certificación de inscripción y NIF definitivo en el Registro Mercantil
  7. Actualizar los datos fiscales y censales en la AEAT si procede

Beharrezko dokumentazioa

Formularios oficiales

Avisos importantes

Ohiko galderak

¿Puedo inscribir varias empresas bajo el mismo titular en el Registro Mercantil?

Sí, siempre que cada empresa tenga personalidad jurídica propia y cumpla los requisitos de constitución e inscripción.

¿Es obligatorio comunicar la creación de la empresa adicional a la AEAT?

Sí, mediante la presentación del Modelo 036 antes de iniciar cualquier actividad económica.

¿Cuánto tarda la inscripción de la empresa adicional?

El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, dependiendo de la carga del Registro Mercantil y la correcta aportación de documentación.

¿Qué ocurre si no inscribo la empresa adicional en plazo?

Puede acarrear sanciones y la imposibilidad de operar legalmente como sociedad hasta la inscripción.

¿Puedo hacer todo el trámite online?

La solicitud de denominación y el alta en la AEAT pueden hacerse online. La inscripción en el Registro Mercantil requiere presentar la escritura notarial, que en algunos registros admite presentación telemática por el notario.

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