100 (Urteko IRPF)
AEATek kudeatutako urteko IRPF tramite ofiziala. Gida osoa, baldintzak eta indarreko araudiaren araberako benetako epeak barne hartzen ditu.
| Kostua | Aldakorra |
|---|---|
| Aurreikusitako denbora | 1–4 aste |
| Zailtasuna | Advanced |
| Identifikazioa | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Epea | 30 de junio |
| Egoitza ofiziala | AEAT |
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Pausoak
- Accede a sede.agenciatributaria.gob.es → sección Renta
- Identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o número de referencia
- Pincha en 'Servicio de tramitación de Renta/Patrimonio' → Renta Web
- Revisa tus datos fiscales precargados (nóminas, retenciones, inmuebles)
- Introduce rendimientos que no aparezcan automáticamente
- Aplica deducciones (vivienda habitual, familia numerosa, discapacidad…)
- Consulta el resultado: a ingresar o a devolver
- Confirma y presenta (antes del 30 de junio)
Beharrezko dokumentazioa
- Certificado de retenciones del empleador
- Certificados bancarios de intereses
- Referencias catastrales de inmuebles
- Justificantes de deducciones (hipoteca, donativos…)
- Libro de familia (si tienes hijos)
Formularios oficiales
Avisos importantes
Ohiko galderak
¿Qué pasa si no presento la declaración?
Si estás obligado y no la presentas, Hacienda puede sancionarte con multas y recargos. Mejor hazlo aunque sea fuera de plazo.
¿Cómo sé si estoy obligado a declarar?
Depende de tus ingresos. Por ejemplo, si ganas más de 22.000 € anuales de un solo pagador o más de 14.000 € con varios, estás obligado.
¿Cuánto tarda Hacienda en devolverme?
Suele tardar unas semanas si todo está correcto, pero legalmente tienen hasta 6 meses desde el fin de la campaña para hacerlo.
¿Puedo fraccionar el pago si me sale a pagar?
Sí, puedes dividirlo en dos plazos: el 60% al presentar y el 40% en noviembre. Esto se elige al presentar la declaración.
¿Qué deducciones puedo aplicar?
Depende de tu situación: alquiler, hipoteca, donaciones, planes de pensiones, etc. Consulta tus datos fiscales y añade lo que falte.
¿Puedo corregir la declaración si ya la he presentado?
Sí, puedes presentar una declaración complementaria o rectificativa desde la misma web de Hacienda.