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Gestión 8: Solicitud de Pensiones Adicionales ante el INSS

Este trámite permite solicitar pensiones adicionales gestionadas por el INSS, como complementos por mínimos, pensiones no contributivas o prestaciones complementarias para pensionistas. Está dirigido a personas ya pensionistas que cumplen requisitos específicos según normativa vigente.

Kostua Gratuito
Aurreikusitako denbora 1–4 semanas
Zailtasuna
Identifikazioa Cl@ve / certificado / DNIe
Epea 1–4 semanas
Egoitza ofiziala INSS

Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.

Pausoak

  1. Acceder a la sede electrónica del INSS en https://www.seg-social.gob.es con Cl@ve o Certificado Digital
  2. Seleccionar el trámite 'Gestión 8: Pensiones Adicional' en el apartado de pensiones
  3. Completar el formulario online aportando datos personales y adjuntando la documentación requerida en formato PDF
  4. Revisar y firmar electrónicamente la solicitud
  5. Enviar la solicitud y guardar el justificante de registro
  6. Consultar el estado de la solicitud en la sección 'Mis expedientes' de la sede electrónica
  7. Recibir la resolución por vía electrónica o postal según preferencia indicada

Beharrezko dokumentazioa

Formularios oficiales

Avisos importantes

Ohiko galderak

¿Qué pensiones adicionales puedo solicitar con Gestión 8?

Puedes solicitar complementos por mínimos, pensiones no contributivas, o prestaciones complementarias si eres pensionista y cumples los requisitos de ingresos y situación familiar.

¿Es necesario presentar la solicitud presencialmente?

No, el trámite se realiza íntegramente online a través de la sede electrónica del INSS usando Cl@ve o Certificado Digital.

¿Qué ocurre si no adjunto toda la documentación?

El expediente quedará pendiente y el INSS requerirá subsanación. El plazo de resolución puede ampliarse hasta que se complete la documentación.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, aunque puede variar según la carga de trabajo del INSS y la complejidad del expediente.

¿La pensión adicional se abona con carácter retroactivo?

Depende del tipo de pensión y de la fecha de solicitud. En algunos casos hay retroactividad limitada, pero es imprescindible consultar la resolución concreta.

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