Acreditación de Derechohabiencia ante la Seguridad Social
Este trámite permite a familiares o beneficiarios acreditar su condición de derechohabientes para acceder a prestaciones sanitarias o económicas del INSS/TGSS. Es imprescindible para hijos, cónyuges o personas a cargo de asegurados que deseen figurar como beneficiarios en la Seguridad Social.
| Kostua | Gratuito |
|---|---|
| Aurreikusitako denbora | 1–4 semanas |
| Zailtasuna | — |
| Identifikazioa | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Epea | 1–4 semanas |
| Egoitza ofiziala | INSS / TGSS |
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Pausoak
- Accede a https://sede.seg-social.gob.es con Cl@ve o Certificado Digital.
- Solicita cita previa en la opción 'Ciudadanos > Cita previa para prestaciones y otras gestiones'.
- Rellena y descarga el formulario oficial de solicitud de derechohabiencia.
- Reúne toda la documentación acreditativa (DNI/NIE, Libro de Familia, empadronamiento, etc.).
- Acude presencialmente a la oficina del INSS/TGSS el día de la cita y presenta la documentación.
- Recibe el justificante de presentación y espera la resolución por correo postal o notificación electrónica.
- Consulta el estado del trámite en la sede electrónica si lo deseas.
Beharrezko dokumentazioa
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE del solicitante y del titular
- Libro de Familia o certificado de Registro Civil que acredite parentesco
- Certificado de empadronamiento conjunto actualizado (menos de 3 meses)
- Resolución judicial o administrativa en caso de tutela o guarda
- Documento acreditativo de convivencia, si procede
- Formulario oficial de Solicitud de Acreditación de Derechohabiencia
- Tarjeta sanitaria del titular (si ya dispone de ella)
- Certificado de no cobertura sanitaria de otro régimen, si aplica
Formularios oficiales
Avisos importantes
Ohiko galderak
¿Quién puede solicitar la acreditación de derechohabiencia?
Pueden solicitarla los familiares directos del titular (cónyuge, hijos menores de 26 años, tutelados) que dependan económicamente y convivan con él.
¿Es necesario renovar la acreditación cada año?
No, pero debe actualizarse si cambia la situación familiar (divorcio, mayoría de edad, cambio de domicilio, etc.).
¿Puedo presentar la solicitud online?
La solicitud debe presentarse presencialmente, aunque la cita y parte de la documentación pueden gestionarse online en la sede electrónica de la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si no tengo Libro de Familia?
Puedes aportar certificado de nacimiento, resolución judicial de tutela o cualquier documento oficial que acredite el parentesco.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, dependiendo de la carga de trabajo de la oficina y la documentación aportada.