Baja Temporal de un Vehículo en la DGT
Permite al titular de un vehículo suspender temporalmente su uso y obligaciones administrativas ante la Dirección General de Tráfico. Destinado a propietarios que no vayan a utilizar su vehículo durante un periodo determinado.
| Custo | Gratuito |
|---|---|
| Tempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultade | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | DGT |
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Pasos
- Solicita cita previa en la Jefatura de Tráfico a través de https://sede.dgt.gob.es.
- Accede a la sede electrónica de la DGT con Cl@ve o Certificado Digital.
- Rellena y descarga el formulario oficial de solicitud de baja temporal.
- Reúne toda la documentación requerida, incluyendo originales.
- Presenta la documentación y el formulario en la Jefatura de Tráfico el día de la cita o, si está habilitado, súbela online.
- Recibe el justificante de baja temporal y conserva el permiso de circulación marcado como 'baja'.
Documentación necesaria
- Permiso de circulación original del vehículo
- Tarjeta ITV original (ficha técnica)
- Documento de identidad del titular (DNI, NIE o pasaporte)
- Justificante de cita previa en la Jefatura de Tráfico
- Formulario oficial de solicitud de baja temporal
- Documento acreditativo de representación (si actúa un representante)
- Justificante de pago de sanciones pendientes (si las hubiera)
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo puede estar un vehículo en baja temporal?
La baja temporal puede mantenerse hasta un máximo de un año, renovable por periodos sucesivos previa solicitud expresa.
¿Puedo dar de baja temporal un vehículo con sanciones pendientes?
No, es necesario abonar todas las sanciones de tráfico pendientes antes de tramitar la baja temporal.
¿Es necesario llevar el vehículo a la Jefatura de Tráfico?
No, solo es necesario presentar la documentación requerida. El vehículo no debe presentarse físicamente.
¿Qué ocurre con el seguro y el impuesto de circulación durante la baja temporal?
Durante la baja temporal no es obligatorio pagar el impuesto de circulación ni mantener el seguro, salvo que el vehículo permanezca en la vía pública.
¿Cómo se reactiva un vehículo dado de baja temporal?
Debes solicitar la rehabilitación en la DGT, presentando la documentación y superando la ITV si ha caducado.