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Solicitud de Protección Temporal para personas desplazadas en España

La Protección Temporal permite a personas desplazadas por conflictos o catástrofes residir y trabajar legalmente en España. Este trámite está dirigido a extranjeros que cumplen los requisitos según la normativa vigente y se gestiona ante la Policía Nacional y el Ministerio de Inclusión.

Custo Variable según situación (aprox. 10–20€ tasa administrativa)
Tempo estimado 1–4 semanas desde la presentación de la solicitud
Dificultade
Identificación Cl@ve / certificado / DNIe
Prazo 1–4 semanas desde la presentación de la solicitud
Sede oficial Policía Nacional / Ministerio de Inclusión

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Pasos

  1. Solicita cita previa en https://www.citapreviadnie.es para Protección Temporal en la Comisaría de Policía Nacional correspondiente.
  2. Accede a la información oficial sobre Protección Temporal en https://www.gob.es y descarga el formulario de solicitud.
  3. Rellena el formulario oficial y reúne toda la documentación específica requerida.
  4. Acude presencialmente a la cita en la Comisaría de Policía Nacional con toda la documentación y la solicitud cumplimentada.
  5. Entrega la documentación, realiza la entrevista y, si corresponde, abona la tasa administrativa (variable según situación).
  6. Recibe el resguardo de solicitud y espera la resolución, que será notificada por correo electrónico o postal.
  7. Una vez aprobada, recoge la tarjeta de residencia temporal en la misma comisaría o según indicaciones recibidas.

Documentación necesaria

Formularios oficiales

Avisos importantes

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la Protección Temporal en España?

Personas desplazadas por conflictos armados, violencia o catástrofes que no pueden regresar a su país y cumplen los requisitos establecidos por la normativa española.

¿Es necesario acudir personalmente a la cita?

Sí, la presencia física es obligatoria para la toma de datos biométricos y la entrevista personal.

¿Qué derechos otorga la Protección Temporal?

Permite residir y trabajar legalmente en España, acceder a asistencia sanitaria y escolarización de menores, entre otros derechos.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, dependiendo de la carga administrativa y la documentación presentada.

¿Qué ocurre si la solicitud es denegada?

Se puede presentar recurso administrativo ante el Ministerio de Inclusión o acudir a la vía judicial si se considera injusta la denegación.

¿La Protección Temporal es renovable?

Sí, puede ser prorrogada mientras persistan las causas que motivaron la concesión, según la normativa vigente.

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