Gestión 4: Solicitud de Pensiones Adicionales ante el INSS
Permite solicitar pensiones adicionales (complementos por mínimos, pensiones no contributivas, etc.) gestionadas por el INSS para personas que ya perciben una pensión y cumplen requisitos específicos.
| Custo | Gratuito |
|---|---|
| Tempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultade | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | INSS |
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Pasos
- Accede a la sede electrónica del INSS en https://sede.seg-social.gob.es con Cl@ve.
- Selecciona el trámite 'Gestión 4: Pensiones Adicional' en el apartado de pensiones.
- Rellena el formulario online aportando datos personales y detalles de la pensión principal.
- Adjunta la documentación requerida en formato PDF o imagen.
- Revisa y confirma la solicitud; descarga el justificante de presentación.
- Espera la resolución del INSS, que se notificará electrónicamente o por correo postal.
- Consulta el estado de tu expediente en la misma sede electrónica.
Documentación necesaria
- DNI o NIE del solicitante
- Resolución de pensión principal vigente
- Certificado de empadronamiento actualizado
- Justificante de ingresos del último año (IRPF, nóminas, prestaciones)
- Libro de familia o documento acreditativo de cargas familiares
- Informe médico actualizado (si la pensión adicional es por incapacidad)
- Declaración responsable de convivencia (si aplica)
- Número de cuenta bancaria para el abono
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar una pensión adicional?
Personas que ya perciben una pensión y cumplen requisitos de ingresos, residencia o incapacidad según el tipo de complemento.
¿Qué documentación es obligatoria para la solicitud?
DNI/NIE, resolución de pensión principal, justificante de ingresos, empadronamiento y otros documentos según el complemento solicitado.
¿Cómo se presenta la solicitud si no tengo certificado digital?
Puedes hacerlo presencialmente en una oficina del INSS, pero la vía online con Cl@ve es la más rápida y recomendada.
¿Cuánto tarda el INSS en resolver la solicitud?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, aunque puede variar si se requiere documentación adicional.
¿Es necesario renovar la pensión adicional cada año?
Sí, los complementos por mínimos y algunas pensiones no contributivas requieren renovación anual y actualización de datos.
¿Puedo consultar el estado de mi solicitud online?
Sí, accediendo a la sede electrónica del INSS con Cl@ve puedes ver el estado de tu expediente y recibir notificaciones.