Declaración de Vivienda Adicional en Catastro
Trámite dirigido a propietarios que deben declarar una vivienda adicional en una finca ya inscrita en el Catastro, por ejemplo tras una ampliación, segregación o construcción nueva. Es obligatorio para actualizar la información catastral y evitar sanciones.
| Custo | Gratuito |
|---|---|
| Tempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultade | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | Ministerio de Vivienda / Catastro |
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Pasos
- Accede a la Sede Electrónica del Catastro (https://www.sedecatastro.gob.es) con Cl@ve o Certificado Digital.
- Selecciona la opción 'Declaraciones, comunicaciones y solicitudes' y elige 'Declaración de alteración de bienes inmuebles (Modelo 900D)'.
- Rellena el Modelo 900D indicando los datos de la vivienda adicional y adjunta la documentación requerida en formato PDF.
- Confirma la presentación y descarga el justificante electrónico de registro.
- Espera la notificación de resolución o requerimiento de subsanación por parte del Catastro en tu Carpeta Ciudadana.
- Si se solicita, aporta documentación adicional o subsana errores a través de la misma sede electrónica.
- Recibe la resolución definitiva y verifica la actualización de la información en la consulta de datos catastrales online.
Documentación necesaria
- Escritura pública o documento notarial que acredite la existencia de la vivienda adicional
- Certificado final de obra o licencia de primera ocupación emitida por el Ayuntamiento
- Plano actualizado de la finca con la nueva distribución visado por técnico competente
- Referencia catastral de la finca afectada
- DNI/NIE del titular catastral
- Recibo del IBI más reciente
- Justificante de presentación del Modelo 900D (si se ha presentado previamente)
- Fotografías actuales de la vivienda adicional
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio declarar una vivienda adicional en el Catastro?
Sí, es obligatorio declarar cualquier alteración que suponga la existencia de una nueva vivienda en una finca ya inscrita. No hacerlo puede suponer sanciones.
¿Qué ocurre si no presento la declaración en plazo?
La no presentación en plazo puede derivar en sanciones económicas y en la actualización de valores catastrales de oficio, con efectos fiscales retroactivos.
¿Puedo hacer el trámite completamente online?
Sí, desde 2026 el trámite puede realizarse íntegramente online mediante Cl@ve o Certificado Digital en la Sede Electrónica del Catastro.
¿Qué documentación técnica es imprescindible?
Debes aportar plano actualizado visado por técnico competente y, en la mayoría de casos, el certificado final de obra o la licencia de primera ocupación.
¿Cuánto tarda en actualizarse la información en el Catastro?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, aunque puede variar si se requiere subsanación de documentación.