Alta como Autónomo (RETA)
O processo de Alta como Autónomo (RETA) é gerido pela Segurança Social e pela AEAT. É necessário para iniciar a atividade como trabalhador independente.
| Custo | Sujeto a plazos |
|---|---|
| Tempo estimado | Variável |
| Dificuldade | Intermédio |
| Identificação | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | Antes del primer día de actividad (o en los 60 días previos) |
| Sede oficial | Seguridad Social + AEAT |
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Passos
- Paso 1 – AEAT: Presenta el Modelo 037 (alta censal) en la Sede AEAT
- Paso 2 – Seguridad Social: Accede a Import@SS o la sede de la SS
- Selecciona 'Trabajadores autónomos' → 'Alta en el RETA'
- Elige tu base de cotización (desde la base mínima de ~951€/mes en 2024)
- Selecciona mutua de accidentes de trabajo (MATEPSS)
- Indica la actividad (CNAE) y la fecha de inicio
- Recibirás el número de afiliación y el alta en RETA por notificación electrónica
Documentação necessária
- DNI/NIE
- Modelo 037 presentado (alta censal AEAT)
- IBAN bancario para domiciliar cuotas
- Código CNAE de la actividad