650 (Sucessões)
Trámite oficial de 650 gestionado por AEAT. Inclui guia completa, requisitos e prazos reais segundo a normativa vigente.
| Custo | Variável |
|---|---|
| Tempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificuldade | Básico |
| Identificação | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | AEAT |
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Passos
- Solicita cita previa en la AEAT a través de https://sede.agenciatributaria.gob.es/citas/citas.html
- Accede a la sede electrónica de la AEAT con Cl@ve, certificado digital o DNIe en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/otros-impuestos-tasas-estadisticas/sucesiones-donaciones/modelo-650.html
- Cumplimenta el Modelo 650 online, adjuntando la documentación requerida en formato PDF
- Calcula el importe a liquidar según el valor de los bienes y derechos heredados, aplicando bonificaciones y deducciones si proceden
- Realiza el pago de la liquidación mediante la plataforma de la AEAT o en entidad colaboradora si corresponde
- Presenta telemáticamente el Modelo 650 y guarda el justificante de presentación y pago
- Recoge la resolución o carta de pago, necesaria para inscribir bienes inmuebles o acceder a cuentas bancarias
Documentação necessária
- Modelo 650 cumplimentado
- Certificado de defunción del causante
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad
- Copia autorizada del testamento o acta de declaración de herederos
- Justificación del valor de los bienes heredados (escrituras, tasaciones, extractos bancarios)
- DNI/NIE de los herederos y del causante
- Documentación acreditativa de las deudas deducibles (facturas, préstamos, etc.)
- Certificado de empadronamiento del causante en el momento del fallecimiento
Formularios oficiales
Avisos importantes
Perguntas frequentes
¿Es obligatorio presentar el Modelo 650 aunque no haya bienes?
Sí, la presentación es obligatoria para formalizar la sucesión, aunque no se hereden bienes o derechos.
¿Qué sucede si no presento el Modelo 650 dentro del plazo?
Se aplican recargos, intereses de demora y posibles sanciones administrativas. Es posible solicitar prórroga antes de que venza el plazo.
¿Puedo presentar el Modelo 650 de forma telemática?
Sí, la AEAT permite la presentación online mediante Cl@ve, certificado digital o DNIe. Es el método preferente desde 2026.
¿Qué documentos necesito para valorar los bienes heredados?
Se requieren escrituras, tasaciones, extractos bancarios y cualquier documento que acredite el valor real de los bienes y derechos.
¿Cómo se paga el impuesto de sucesiones?
El pago se realiza telemáticamente en la sede de la AEAT o en entidades colaboradoras, según el importe y la modalidad elegida.
¿Es necesario presentar el Modelo 650 en todas las comunidades autónomas?
No, cada comunidad tiene su propio modelo. El 650 es para sucesiones gestionadas por AEAT en territorios donde el Estado tiene competencia.