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Cancelación registral de hipoteca sobre vivienda

Permite cancelar la inscripción registral de una hipoteca ya pagada sobre una vivienda, eliminando la carga en el Registro de la Propiedad. Es imprescindible para vender, heredar o disponer plenamente del inmueble.

Cost Gratuito (coste notaría y registro variable; IAJD variable según CCAA)
Temps estimat 1–4 semanas
Dificultat
Identificació Cl@ve / certificado / DNIe
Termini 1–4 semanas
Seu oficial Ministerio de Vivienda / Catastro

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Passos

  1. Solicita a tu banco el certificado de deuda cero tras liquidar la hipoteca.
  2. Acude a notaría para firmar la escritura de cancelación de hipoteca.
  3. Obtén la nota simple actualizada del Registro de la Propiedad (https://sede.registradores.org).
  4. Presenta la escritura de cancelación y el resto de documentación en la sede electrónica del Registro de la Propiedad o presencialmente.
  5. Abona, si corresponde, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en la sede de la comunidad autónoma.
  6. Solicita la inscripción de la cancelación en el Registro de la Propiedad.
  7. Descarga la nota simple actualizada que refleje la cancelación de la hipoteca.

Documentació necessària

Formularios oficiales

Avisos importantes

Preguntes freqüents

¿Es obligatorio acudir a notaría para cancelar la hipoteca?

Sí, la cancelación debe formalizarse mediante escritura pública ante notario, aportando el certificado de deuda cero.

¿Quién paga los gastos de cancelación de hipoteca?

Por ley, el titular de la vivienda asume los gastos de notaría, registro y, si corresponde, el IAJD.

¿Puedo cancelar la hipoteca online?

Solo algunos registros permiten presentación telemática de documentación; la escritura debe firmarse presencialmente en notaría.

¿Qué ocurre si no cancelo la hipoteca en el registro?

La carga seguirá figurando y no podrás vender, heredar ni hipotecar el inmueble sin cancelar previamente.

¿Cuánto tarda la cancelación registral?

El plazo habitual es de 1 a 4 semanas, dependiendo del registro y de la documentación aportada.

¿Es necesario pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?

En la mayoría de comunidades autónomas la cancelación está exenta, pero se debe presentar el justificante; consulta la normativa autonómica.

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