Solicitud de Estancia por Investigación en España
Permite a extranjeros no residentes solicitar autorización de estancia en España para realizar actividades de investigación en centros reconocidos. Dirigido a investigadores que cuenten con convenio o invitación de una entidad española.
| Coste | Variable entre 10–20€ (tasa 790-052) |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | Policía Nacional / Ministerio de Inclusión |
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Pasos
- Reunir toda la documentación específica exigida para la estancia por investigación.
- Rellenar y firmar el Modelo EX-00 (https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html).
- Abonar la tasa 790-052 a través de https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/tasa/790_052.
- Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia del centro de investigación a través de https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html.
- Presentar la solicitud y documentación en la Oficina de Extranjería o por vía telemática con certificado digital o Cl@ve en https://sede.administracionespublicas.gob.es.
- Esperar resolución y, en caso de concesión, recoger la tarjeta de identificación de extranjero (TIE) en la comisaría de Policía Nacional asignada.
Documentación necesaria
- Pasaporte completo en vigor (original y copia)
- Formulario oficial Modelo EX-00 cumplimentado y firmado
- Carta de invitación o convenio de acogida con centro de investigación español
- Seguro médico público o privado válido en España
- Acreditación de medios económicos suficientes para la estancia
- Justificante de abono de la tasa 790-052
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde haya residido en los últimos 5 años (legalizado y traducido)
- Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedades graves según Reglamento Sanitario Internacional
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la estancia por investigación si ya estoy en España como turista?
Sí, siempre que presentes la solicitud dentro de los primeros 60 días de estancia legal y cumplas todos los requisitos.
¿Cuánto tiempo puedo permanecer en España con esta autorización?
La estancia suele concederse por la duración de la actividad investigadora, hasta un máximo de un año, prorrogable si se mantienen los requisitos.
¿Puedo trabajar o recibir remuneración con la estancia por investigación?
Sí, siempre que la actividad esté vinculada al proyecto de investigación y conste en el convenio o invitación del centro.
¿Es necesario presentar los documentos originales?
Sí, debes presentar originales y copias para su compulsa en la Oficina de Extranjería.
¿Qué ocurre si mi solicitud es denegada?
Puedes presentar recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo legal establecido.