Presentación del Modelo 651: Impuesto sobre Donaciones
Declaración y autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) por donaciones recibidas, obligatoria para donatarios residentes en España. Tramitable online ante la AEAT para donaciones de bienes y derechos.
| Coste | Variable según importe y Comunidad Autónoma |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas (depende de la revisión y naturaleza de la donación) |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas (depende de la revisión y naturaleza de la donación) |
| Sede oficial | AEAT |
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Pasos
- Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/otros-impuestos-tasas-estadisticas/sucesiones-donaciones/modelo-651.html con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- Cumplimenta el Modelo 651 online, indicando datos del donante, donatario, descripción y valoración de los bienes donados.
- Adjunta la documentación acreditativa escaneada (escritura, DNI, justificantes, etc.) en el formulario telemático.
- Calcula el importe a ingresar según la normativa autonómica aplicable y genera la autoliquidación.
- Realiza el pago de la autoliquidación por banca electrónica o mediante domiciliación bancaria.
- Presenta telemáticamente el Modelo 651 y descarga el justificante de presentación y pago.
- Guarda el justificante y la documentación presentada; puede ser requerida por la AEAT o la Comunidad Autónoma correspondiente.
Documentación necesaria
- Modelo 651 cumplimentado (impreso oficial o presentación telemática)
- DNI, NIE o pasaporte del donante y del donatario
- Documento público (escritura notarial) o privado que acredite la donación
- Justificante de la titularidad de los bienes donados (por ejemplo, nota simple del Registro de la Propiedad, certificado bancario, etc.)
- Justificante de pago o domiciliación de la autoliquidación
- Libro de familia (si la donación es entre familiares directos)
- Certificado de empadronamiento del donatario (para acreditar residencia fiscal)
- En su caso, documentación adicional según la naturaleza del bien donado (por ejemplo, ficha técnica y permiso de circulación si es un vehículo)
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 651?
El donatario (persona que recibe la donación) está obligado a presentar el Modelo 651 y autoliquidar el impuesto, incluso si la donación es entre familiares.
¿Qué ocurre si no presento el Modelo 651 en plazo?
La presentación fuera de plazo puede generar recargos, intereses de demora y sanciones administrativas por parte de la AEAT o la Comunidad Autónoma.
¿Puedo presentar el Modelo 651 de forma telemática?
Sí, la presentación telemática es posible y recomendada a través de la Sede Electrónica de la AEAT usando Cl@ve, certificado digital o DNIe.
¿Qué documentación necesito si la donación es de dinero?
En donaciones de dinero, debes aportar justificante bancario de la transferencia y el documento que acredite la aceptación de la donación por el donatario.
¿La tributación varía según la Comunidad Autónoma?
Sí, el importe a pagar y las bonificaciones pueden variar según la normativa autonómica donde resida el donatario.
¿Es necesario aportar escritura pública para toda donación?
No siempre. Es obligatoria para bienes inmuebles, pero para dinero u otros bienes puede bastar un documento privado, aunque es recomendable formalizarlo ante notario.