Solicitud de prestación por orfandad ante la Seguridad Social
Trámite dirigido a hijos menores de edad o incapacitados que solicitan la pensión de orfandad tras el fallecimiento de uno o ambos progenitores, gestionado por el INSS/TGSS.
| Coste | Gratuito |
|---|---|
| Tiempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | INSS / TGSS |
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Pasos
- Accede a https://sede.seg-social.gob.es con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- Solicita cita previa en la sede electrónica para 'Prestaciones de orfandad'.
- Rellena el formulario de solicitud de prestación por orfandad (modelo oficial disponible en la sede electrónica).
- Adjunta todos los documentos requeridos en formato PDF durante la solicitud online.
- Presenta la solicitud y espera confirmación de registro por parte del INSS.
- Recibe notificación de resolución y, si es favorable, comienza el cobro de la prestación en la cuenta indicada.
Documentación necesaria
- Certificado de defunción del progenitor
- Libro de familia o partida de nacimiento del solicitante
- DNI/NIE del solicitante y del progenitor fallecido
- Certificado de discapacidad (si aplica)
- Justificante de empadronamiento del solicitante
- Documento acreditativo de tutela o representación legal (si el solicitante es menor o incapacitado)
- Informe de vida laboral del progenitor fallecido (puede obtenerse en https://sede.seg-social.gob.es)
- Número de cuenta bancaria para el pago de la prestación
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la pensión de orfandad?
Hijos menores de 21 años o mayores incapacitados, tras el fallecimiento de uno o ambos progenitores, siempre que el fallecido estuviera afiliado a la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si el progenitor fallecido no estaba trabajando?
La prestación puede concederse si el fallecido tenía cotizaciones previas suficientes; el INSS revisa el historial de cotización para determinar el derecho.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo habitual es de 1 a 4 semanas desde la presentación completa de la documentación.
¿Es necesario acudir presencialmente?
La mayoría de solicitudes pueden tramitarse online, pero en casos de documentación especial o representación legal puede requerirse cita presencial.
¿Se puede solicitar la prestación si el fallecimiento ocurrió hace más de 3 meses?
Sí, pero solo se abonarán atrasos de hasta 3 meses previos a la fecha de solicitud.
¿Qué documentos acreditan la discapacidad del solicitante?
El certificado de discapacidad expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o el IMSERSO.