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Inscripción y modificación de división de Propiedad Horizontal en Catastro

Este trámite permite inscribir o modificar la división de Propiedad Horizontal de un inmueble en el Catastro, imprescindible para comunidades de propietarios, administradores y titulares que deseen actualizar la información catastral tras constitución, modificación o segregación de elementos privativos.

Coste Gratuito
Tiempo estimado 1–4 semanas
Dificultad
Identificación Cl@ve / certificado / DNIe
Plazo 1–4 semanas
Sede oficial Ministerio de Vivienda / Catastro

Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.

Pasos

  1. Accede a la Sede Electrónica del Catastro (https://www.sedecatastro.gob.es) con Cl@ve.
  2. Selecciona el trámite 'Declaración de alteración de la Propiedad Horizontal' y descarga el Modelo 900D.
  3. Rellena el Modelo 900D y adjunta la escritura pública, planos, certificado registral y resto de documentación requerida.
  4. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica, adjuntando todos los documentos en formato PDF.
  5. Recibe acuse de recibo y número de expediente para seguimiento online.
  6. Espera la resolución del Catastro, que puede requerir subsanación si falta documentación.
  7. Consulta la inscripción final en la ficha catastral online y descarga el certificado actualizado.

Documentación necesaria

Formularios oficiales

Avisos importantes

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio inscribir la Propiedad Horizontal en el Catastro?

Sí, es obligatorio para que la división y coeficientes de cada elemento privativo tengan validez administrativa y fiscal.

¿Qué ocurre si no se presenta la declaración en plazo?

Puede recibir una sanción administrativa y la información catastral no reflejará la división real, afectando impuestos y trámites posteriores.

¿Se puede presentar el trámite online?

Sí, la Sede Electrónica del Catastro permite la presentación telemática con Cl@ve, certificado digital o DNIe.

¿Qué documentación es imprescindible?

La escritura pública de constitución o modificación, el plano de distribución y el certificado registral son obligatorios.

¿Quién puede presentar la declaración?

El titular, representante legal o administrador de la comunidad, acreditando la representación con documento válido.

¿Cómo saber si la inscripción está finalizada?

Se puede consultar el estado del expediente y descargar el certificado actualizado en la Sede Electrónica del Catastro.

Hacer este trámite en GovEasy Inicia sesión y resolvemos los pasos por ti, con seguimiento y notificaciones.