Gestión 8: Inscripción de Empresa Adicional en el Registro Mercantil y Comunicación a la AEAT
Trámite dirigido a sociedades ya inscritas que desean registrar una nueva empresa adicional bajo su titularidad en el Registro Mercantil y comunicarlo a la Agencia Tributaria. Es imprescindible para operar legalmente con la nueva entidad.
| Kostua | Variable según capital social y provincia (aprox. 100–400€ tasas registrales y notariales) |
|---|---|
| Aurreikusitako denbora | 1–4 semanas según provincia y carga del Registro Mercantil |
| Zailtasuna | — |
| Identifikazioa | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Epea | 1–4 semanas según provincia y carga del Registro Mercantil |
| Egoitza ofiziala | Registro Mercantil / AEAT |
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Pausoak
- Solicita cita previa en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente a través de https://www.registradores.org.
- Acude al notario para otorgar la escritura pública de constitución de la nueva empresa adicional.
- Obtén la certificación negativa de denominación social en https://www.rmc.es.
- Presenta la escritura y documentación exigida en el Registro Mercantil para la inscripción de la nueva empresa.
- Rellena y presenta el Modelo 036 en la sede electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) para dar de alta la nueva empresa adicional.
- Abona la tasa registral correspondiente en el Registro Mercantil.
- Recoge la certificación de inscripción y el NIF provisional de la nueva empresa.
Beharrezko dokumentazioa
- Escritura pública de constitución de la nueva empresa otorgada ante notario
- Certificación negativa de denominación social emitida por el Registro Mercantil Central
- Modelo 036 de declaración censal de alta en la AEAT
- Documento acreditativo de identidad del representante legal (DNI/NIE)
- Justificante de pago de la tasa registral del Registro Mercantil
- Estatutos sociales de la nueva empresa
- Certificado bancario de desembolso del capital social
- Libro de actas de la sociedad matriz (si procede)
Formularios oficiales
Avisos importantes
Ohiko galderak
¿Es obligatorio inscribir cada empresa adicional en el Registro Mercantil?
Sí, cada nueva empresa debe inscribirse de forma independiente en el Registro Mercantil para adquirir personalidad jurídica y operar legalmente.
¿Puedo presentar el Modelo 036 online con Cl@ve?
Sí, la presentación telemática del Modelo 036 es posible y recomendable mediante Cl@ve, certificado digital o DNIe en la sede de la AEAT.
¿Qué ocurre si no comunico la nueva empresa a la AEAT?
La omisión puede suponer sanciones administrativas y la imposibilidad de emitir facturas o realizar operaciones fiscales válidas.
¿Cuánto tarda el Registro Mercantil en inscribir la nueva empresa?
El plazo habitual es de 7 a 15 días hábiles, aunque puede variar según la carga de trabajo de cada Registro.
¿Es necesario acudir personalmente al Registro Mercantil?
La presentación puede realizarse presencialmente o mediante representante, aunque muchos registros permiten la tramitación telemática parcial.