Consulta y pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Permite a propietarios de inmuebles consultar el importe anual del IBI, pagar el recibo en periodo voluntario o domiciliar el tributo para ejercicios futuros, accediendo según el ayuntamiento o diputación competente.
| Custo | Gratuito |
|---|---|
| Tempo estimado | Inmediato online (consulta y pago); domiciliación: 1-4 semanas en activarse |
| Dificultade | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | Inmediato online (consulta y pago); domiciliación: 1-4 semanas en activarse |
| Sede oficial | Ayuntamiento / local |
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Pasos
- Accede a la sede electrónica de tu ayuntamiento o diputación competente (consulta https://www.gob.es para localizar el enlace concreto).
- Identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- Introduce la referencia catastral del inmueble para localizar el recibo.
- Consulta el importe y el periodo de pago voluntario vigente.
- Descarga el recibo para pago online o presencial (si procede).
- Realiza el pago mediante tarjeta, banca electrónica o genera el documento para abonar en entidad colaboradora.
- Para domiciliar el IBI, accede al apartado de domiciliaciones y presenta la solicitud con IBAN antes de la fecha límite fijada por el ayuntamiento.
Documentación necesaria
- Referencia catastral del inmueble
- DNI/NIE del titular del recibo
- Justificante de titularidad (escritura o nota simple registral)
- Recibo anterior del IBI (si se dispone)
- Número de cuenta bancaria para domiciliación
- Certificado digital, DNIe o acceso Cl@ve
- Autorización firmada si actúa representante
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Cómo localizo mi referencia catastral?
Puedes encontrarla en recibos anteriores del IBI, escrituras de la vivienda o consultando en https://www.sedecatastro.gob.es con tus datos personales.
¿Puedo pagar el IBI de años anteriores online?
El pago online suele estar habilitado solo para el ejercicio en curso; para ejercicios anteriores, consulta la sede electrónica o acude presencialmente al ayuntamiento.
¿Qué ocurre si no pago el IBI en plazo?
El impago genera recargos y puede derivar en apremio, embargo de cuentas o bienes. Es fundamental respetar el periodo voluntario de pago.
¿Cómo solicito la domiciliación del IBI?
Accede al área de tributos de tu ayuntamiento, rellena el formulario de domiciliación y adjunta el IBAN. La domiciliación suele activarse para el siguiente ejercicio fiscal.
¿Puedo consultar el IBI si no soy el titular registral?
Solo el titular o representante autorizado puede consultar y gestionar el recibo, presentando la documentación acreditativa.