Cancelación de Expulsión de Extranjeros en España
| Custo | — |
|---|---|
| Tempo estimado | 1–4 semanas |
| Dificuldade | — |
| Identificação | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | 1–4 semanas |
| Sede oficial | Policía Nacional / Ministerio de Inclusión |
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Passos
- Accede a https://www.gob.es y localiza el apartado de Extranjería > Procedimientos > Cancelación de Expulsión.
- Descarga y cumplimenta el Modelo 790, Código 012 para abonar la tasa correspondiente en una entidad bancaria.
- Prepara el escrito de alegaciones y reúne toda la documentación justificativa específica de tu caso.
- Presenta la solicitud telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://sede.migraciones.gob.es), autenticándote con Cl@ve.
- Adjunta todos los documentos escaneados en formato PDF y el justificante de pago de tasa.
- Espera la notificación de resolución por vía electrónica; si se requiere subsanación, responde en plazo a través de la misma sede.
- En caso de resolución favorable, descarga el documento oficial de cancelación de expulsión desde la sede electrónica.
Documentação necessária
- Resolución de expulsión original emitida por la autoridad competente
- Documento de identidad o pasaporte vigente
- Justificante de arraigo social, laboral o familiar (informes municipales, contratos de trabajo, certificados escolares, etc.)
- Certificado de antecedentes penales actualizado del país de origen y de España
- Informe de integración social emitido por el ayuntamiento (si aplica)
- Escrito de alegaciones motivadas solicitando la cancelación
- Justificante de pago de tasa administrativa (Modelo 790, Código 012)
- Documentación acreditativa de circunstancias excepcionales (enfermedad grave, menores a cargo, etc.)