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Targeta de familiar comunitari

Tràmit oficial de Targeta de familiar comunitari gestionat per Policia Nacional / Ministeri d’Inclusió. Inclou una guia completa, requisits i terminis reals segons la normativa vigent.

Cost 10–20€
Temps estimat 1–4 setmanes
Dificultat Basic
Identificació Cl@ve / certificado / DNIe
Termini 2-4 semanas desde la presentación
Seu oficial Policía Nacional / Ministerio de Inclusión

Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.

Passos

  1. Accede a https://www.gob.es y localiza el apartado de Extranjería > Tarjeta Familiar Comunitario.
  2. Descarga y completa el formulario EX-19 desde https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/ y reúne toda la documentación requerida.
  3. Abona la tasa 790-012 (residencia) a través de https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/tasa790_012.html y guarda el justificante.
  4. Presenta la solicitud y documentación en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía Nacional correspondiente a tu domicilio, preferentemente mediante registro electrónico si dispones de Cl@ve.
  5. Recibe notificación de resolución y, en caso de concesión, acude presencialmente para la toma de huellas y recogida de la tarjeta física.

Documentació necessària

Formularios oficiales

Avisos importantes

Preguntes freqüents

¿Quién puede solicitar la Tarjeta Familiar Comunitario?

Familiares directos (cónyuge, pareja registrada, hijos menores o dependientes, ascendientes a cargo) de ciudadanos de la UE residentes en España.

¿Es obligatorio presentar la solicitud presencialmente?

Actualmente se puede presentar por registro electrónico si se dispone de Cl@ve, pero la toma de huellas y recogida de la tarjeta es presencial.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El plazo habitual es de 2 a 4 semanas, aunque puede variar según la provincia y la carga administrativa.

¿Qué ocurre si no solicito la tarjeta en plazo?

Puede acarrear sanciones administrativas y dificultar la regularización posterior. Es imprescindible solicitarla en los 3 meses tras la entrada.

¿Necesito seguro médico para la solicitud?

Sí, debe acreditarse cobertura sanitaria, bien por empleo, por convenio bilateral o mediante seguro privado.

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