Solicitud de Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea
Permite a familiares de ciudadanos de la UE residir legalmente en España, gestionado por la Policía Nacional y el Ministerio de Inclusión. Dirigido a cónyuges, parejas registradas, descendientes y ascendientes de ciudadanos comunitarios.
| Coste | 9,84€ tasa 790-012 |
|---|---|
| Tiempo estimado | 2-4 semanas desde la presentación |
| Dificultad | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Plazo | 2-4 semanas desde la presentación |
| Sede oficial | Policía Nacional / Ministerio de Inclusión |
⚡ Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.
Pasos
- Accede a https://www.gob.es y localiza el apartado de Extranjería > Tarjeta Familiar Comunitario.
- Descarga y completa el formulario EX-19 desde https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/ y reúne toda la documentación requerida.
- Abona la tasa 790-012 (residencia) a través de https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/tasa790_012.html y guarda el justificante.
- Presenta la solicitud y documentación en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía Nacional correspondiente a tu domicilio, preferentemente mediante registro electrónico si dispones de Cl@ve.
- Recibe notificación de resolución y, en caso de concesión, acude presencialmente para la toma de huellas y recogida de la tarjeta física.
Documentación necesaria
- Pasaporte completo del solicitante (original y copia)
- Documento de identidad del ciudadano comunitario (original y copia)
- Certificado de registro de ciudadano de la UE en España
- Documento acreditativo del vínculo familiar (certificado de matrimonio, pareja registrada, nacimiento, etc.)
- Empadronamiento conjunto actualizado (menos de 3 meses)
- Justificante de medios económicos del ciudadano comunitario (nómina, contrato laboral, declaración de renta, etc.)
- Seguro médico privado o acreditación de cobertura sanitaria
- Formulario oficial EX-19 cumplimentado
Formularios oficiales
Avisos importantes
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la Tarjeta Familiar Comunitario?
Familiares directos (cónyuge, pareja registrada, hijos menores o dependientes, ascendientes a cargo) de ciudadanos de la UE residentes en España.
¿Es obligatorio presentar la solicitud presencialmente?
Actualmente se puede presentar por registro electrónico si se dispone de Cl@ve, pero la toma de huellas y recogida de la tarjeta es presencial.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo habitual es de 2 a 4 semanas, aunque puede variar según la provincia y la carga administrativa.
¿Qué ocurre si no solicito la tarjeta en plazo?
Puede acarrear sanciones administrativas y dificultar la regularización posterior. Es imprescindible solicitarla en los 3 meses tras la entrada.
¿Necesito seguro médico para la solicitud?
Sí, debe acreditarse cobertura sanitaria, bien por empleo, por convenio bilateral o mediante seguro privado.