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Solicitud de Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea

Permite a familiares de ciudadanos de la UE residir legalmente en España, gestionado por la Policía Nacional y el Ministerio de Inclusión. Dirigido a cónyuges, parejas registradas, descendientes y ascendientes de ciudadanos comunitarios.

Custo 9,84€ tasa 790-012
Tempo estimado 2-4 semanas desde la presentación
Dificultade
Identificación Cl@ve / certificado / DNIe
Prazo 2-4 semanas desde la presentación
Sede oficial Policía Nacional / Ministerio de Inclusión

Hazlo automáticamente en GovEasy Cita previa, formularios y firma en una sesión.

Pasos

  1. Accede a https://www.gob.es y localiza el apartado de Extranjería > Tarjeta Familiar Comunitario.
  2. Descarga y completa el formulario EX-19 desde https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/ y reúne toda la documentación requerida.
  3. Abona la tasa 790-012 (residencia) a través de https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/tasa790_012.html y guarda el justificante.
  4. Presenta la solicitud y documentación en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía Nacional correspondiente a tu domicilio, preferentemente mediante registro electrónico si dispones de Cl@ve.
  5. Recibe notificación de resolución y, en caso de concesión, acude presencialmente para la toma de huellas y recogida de la tarjeta física.

Documentación necesaria

Formularios oficiales

Avisos importantes

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la Tarjeta Familiar Comunitario?

Familiares directos (cónyuge, pareja registrada, hijos menores o dependientes, ascendientes a cargo) de ciudadanos de la UE residentes en España.

¿Es obligatorio presentar la solicitud presencialmente?

Actualmente se puede presentar por registro electrónico si se dispone de Cl@ve, pero la toma de huellas y recogida de la tarjeta es presencial.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El plazo habitual es de 2 a 4 semanas, aunque puede variar según la provincia y la carga administrativa.

¿Qué ocurre si no solicito la tarjeta en plazo?

Puede acarrear sanciones administrativas y dificultar la regularización posterior. Es imprescindible solicitarla en los 3 meses tras la entrada.

¿Necesito seguro médico para la solicitud?

Sí, debe acreditarse cobertura sanitaria, bien por empleo, por convenio bilateral o mediante seguro privado.

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