Solicitud de Reagrupación Familiar para Extranjeros en España
| Custo | — |
|---|---|
| Tempo estimado | 1–4 semanas para resolución inicial (puede variar según provincia) |
| Dificultade | — |
| Identificación | Cl@ve / certificado / DNIe |
| Prazo | 1–4 semanas para resolución inicial (puede variar según provincia) |
| Sede oficial | Policía Nacional / Ministerio de Inclusión |
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Pasos
- Reunir toda la documentación específica y cumplimentar el Modelo EX-02
- Acceder a la sede electrónica de Extranjería (https://sede.administracionespublicas.gob.es) con Cl@ve o certificado digital
- Presentar la solicitud telemática junto con la documentación escaneada y el justificante de pago de la tasa 790-052
- Esperar la resolución de la Oficina de Extranjería (notificación electrónica o comparecencia si se requiere)
- En caso de resolución favorable, el familiar debe solicitar el visado en el Consulado de España en su país de origen
- Una vez en España, el familiar debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía Nacional
Documentación necesaria
- Modelo oficial EX-02 debidamente cumplimentado y firmado
- Copia completa del pasaporte en vigor del reagrupante y del familiar a reagrupar
- Justificante de medios económicos suficientes (nóminas, IRPF, contrato de trabajo, etc.)
- Documento acreditativo de vivienda adecuada (escritura, contrato de alquiler, informe de habitabilidad municipal)
- Certificado de matrimonio o de parentesco, legalizado y traducido si procede
- Seguro médico público o privado para el familiar a reagrupar
- Empadronamiento conjunto o individual según el caso
- Justificante de abono de la tasa 790-052